miércoles, 6 de octubre de 2010

Financiamiento de los partidos politicos


¿Cómo se financian los partidos políticos?
Según lo establecido en la Ley 25.600 sancionada en el año 2002, los partidos políticos tienen una doble vía de financiamiento: pública y privada, la que debe alcanzar un delicado equilibrio, a fin de evitar la excesiva dependencia del Estado Nacional o la desmesurada influencia de determinados grupos de poder. 

¿Puede cualquier ciudadano hacer su aporte económico a un partido político?
Por supuesto. La Ley 25.600 establece que cualquier persona física o jurídica realice su contribución al partido que mejor represente sus ideas. La donación efectuada es deducible del impuesto a las ganancias, siempre y cuando no supere el 5% de la ganancia neta del ejercicio.

¿Qué donaciones les están prohibidas a los partidos políticos?
La ley no permite aportes anónimos; de extranjeros; de quienes no residan en el país; de quienes exploten juegos de azar; de quienes hayan sido obligados a hacerlo por parte de sus jefes o superiores; de asociaciones sindicales, patronales o profesionales; de empresas concesionarias de servicios u obras públicas nacionales, provinciales o municipales; y de entidades centralizadas o descentralizadas, nacionales, provinciales, interestatales, binacionales o multilaterales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

¿Cuál es el límite de los gastos de campaña?
Sea en elecciones presidenciales o de legisladores nacionales, los gastos de un partido, sus candidatos y cualquier persona en su favor, no podrán superar –en su conjunto– la suma equivalente a un peso ($1.–) por elector habilitado para votar en los comicios. A efectos de esta restricción se considera que ningún distrito tiene menos de 500.000 (quinientos mil) electores.

¿Cómo accede el ciudadano a los informes financieros de los partidos políticos?
La información sobre el patrimonio, el origen y el destino de los fondos partidarios es pública, por lo tanto, puede ser consultada libremente por cualquier ciudadano o habitante de la Argentina en Internet, ya sea en los sitios de los partidos, de los administradores de las campañas electorales, del Ministerio del Interior o del Poder Judicial. Asimismo, y sin que medie explicación de causa alguna, cualquier persona puede solicitar una copia de los informes presentados por las agrupaciones políticas ante las Secretarías Electorales.

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